30 de abril de 2024

El principio de no dañar a otro

La Secretaría de Jurisprudencia elaboró un suplemento que compila los pronunciamientos más relevantes en la materia.

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La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte elaboró un suplemento de jurisprudencia sobre “El principio de no dañar a otro”. Incluye hipervínculos a la base online institucional y compila los pronunciamientos y expresiones más relevantes del Tribunal en esta materia.

Su raíz constitucional, el derecho a una reparación plena, el fallo “Aquino” y la aplicación del principio en el derecho laboral, son algunos de los ejes que se desarrollan en el documento. 

“La Corte ha dicho que nadie puede por sí o por intermedio de otro ejercer sus derechos en forma tal que lesione el derecho de un tercero”, destaca la publicación. 

En tal sentido, el Máximo Tribunal ha dicho que “es la violación del deber de no dañar a otro lo que genera la obligación de reparar el menoscabo causado, noción que comprende todo perjuicio susceptible de apreciación pecuniaria que afecte en forma cierta a otro en su persona, en su patrimonio y/o en sus derechos o facultades”, recuerda. 

Descargar el suplemento de jurisprudencia